Hoy el BCRA resolvió que las empresas importadoras puedan consentir al mercado mayorista de cambios por hasta US$1.000.000 para anular tanto deudas comerciales como Cartas de Crédito libradas por bancos internacionales.
La intrepidez fue adoptada en la reunión de Directorio, que se adelantó un día por el feriado del Día de la Independencia, como una ampliación del camino al Mercado Único y Libre de Cambios (MULC) que regía, con el mismo tope, para los pagos anticipados de importaciones.
Según la autoridad monetaria, la modificación fue una respuesta a los pedidos de distintas cámaras empresarias como la Unión Industrial Argentina (UIA), la Asociación de Fábricas de Automotores (Adefa), la Asociación de Fábricas Argentinas de Componentes (Afac) y la Asociación de Industriales Metalúrgicos (Adimra), encima de representantes pymes.
“Se fueron identificando dificultades que encuentran las empresas en la normativa cambiaria referida al pago de importaciones”, aseguró la entidad financiera, encabezada por Miguel Querubín Pesce.
Y agregó: “Con ese diagnóstico el BCRA, dentro del marco restringido del mercado de cambios, resolvió los problemas planteados que no deterioran el contexto general”.
A fines de junio, el BCRA había dispuesto que las empresas puedan consentir a la importación de dólares en el mercado oficial de cambios para avalar importaciones a partir del momento del despacho del celada en el puerto de origen.
Previo a esto ya había libertino el camino al mercado de cambios los pedidos para avalar la importación de medicamentos críticos, la importación de kits para la detección del coronavirus Covid-19, insumos para la producción lugar de medicamentos e importaciones hasta el equivalente a US$1.000.000.
También había incrementado por hasta US$3.000.000 el tope de importaciones cuando se trate de la provisión de medicamentos u otros ingresos relacionados con la atención médica o insumos necesarios para la elaboración lugar de los mismos.
Las medidas de flexibilización de camino al MULC fueron en respuesta a los requisitos implementados para la adquisición de dólares a través de la circular A 7030 que, según manifestaron distintos sectores, dificultaban la importación de ingresos indispensables para la actividad productiva.
La circular, emitida el 28 de mayo, endureció el cepo y prohibió la importación de dólar mayorista a empresas que tengan dólares en efectivo o depositados en el foráneo, así como a las que hayan realizado operaciones de importación liquidación de dólares a través del mercado crediticio (contado con baratura y dólar MEP) en los últimos 90 días.
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